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| OUTROS TEXTOS MÁIS DE FREI SARMIENTO DO BIERZO (3ª PARTE) |
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OUTROS TEXTOS MÁIS DE FREI MARTÍN SARMIENTO DO BIERZO (3ª PARTE),
por Xabier Lago Mestre, colectivo Fala Ceibe do Bierzo,
falaceibe@yahoo.es
En referencia ao uso oral do idioma galego fronte á utilización dominante do castelán.
“Los gallegos de hoy tienen su propio dialecto, diferente del Castellano. Hablánle, todos, así señores, como rústicos. Pero en quanto á comunicación por escrito, unos, y otros usan del Castellano, ó afectan lo posible para escribir en ese idioma dominante (…)” (Obra de 1745, publicada en 1775).
Unha crítica máis á planificación educativa asimiladora a nivel lingüístico, neste caso co proxecto de Academia de Agricultura da Coruña.
“¿Quién persuadirá a los labradores gallegos que les será útil una Academia de Agricultura fundada en el lugar más arenoso y estéril de Galicia, cual es La Coruña, y en donde los más de los habitantes son hombres de pleitos y de pluma, o son de espada y milicia, o son de bolsa y comercio, o son una tropa de extranjeros advenedizos que no saben una palabra ni un verbo de la lengua gallega, tan preciosa para hablar con los labradores gallegos puros? ¿Si los gallegos que tienen hebillas en los zapatos hacen estudio de huir de la lengua que han mamado por no manchar el armiño del idioma castellano pegadizo a uso del país, que se podará esperar de ellas y de los extraños para la Agricultura e Historia Natural de Galicia?” (Obra de 660 Pliegos).
Outras reflexión sobre a lingua materna galega que debe ser respectada polos casteláns.
“No hay paciencia para oír que uno ha dejado olvidar su primitivo idioma nativo y ¿Qué se dirá de los que han hecho estudio de olvidarle? Es necedad creer que pueda haber lengua, viva o muerta, que sea mejor para explicar sus conceptos que la que uno ha mamado y con la cual se ha criado todo el tiempo de su juventud (…) Y se irá viendo en este glosario que la lengua gallega, ni es para ser despreciada por los castellanos palurdos (…) ni merece ser olvidada por los naturales (…). Los que en Galicia no quieren hablar gallego, ni saben hablar castellano, dicen almendrillas (…)”.
Sarmiento inclúe para a súa pedagoxía lingüística co chiste.
“Concurriendo el dicho gallego con su madre en una era, y viendo allí el instrumento, preguntó a su madre cómo se llamaba. Mandóle su madre que pusiese el pié en la extremidad arriba dicha. Apenas le puso, cuando el mango, vindicando su propio y nativo nombre, se elevó y le dio en la frente una feroz testerada. Al punto dijo el mozo olvidadizo, ¡ay miña nai, ô angazo!. Ese es, hijo mio, dijo la madre, el nombre de ese intrumento. Convendría que este chiste se repitiese muchas veces en Galicia y en Castilla. No hay paciencia para oír que uno ha dejado olvidar su primitivo idioma nativo y ¿Qué se dirá de los que han hecho estudio de olvidarle? (…)”
O noso erudito bieito insiste no seu proceso de perda da lingua galega, por mor da emigración a Castela, para que sirva de exemplo aos demais que estragan a seu idioma propio.
“Sólo he mamado la lengua gallega, que, con la ocasión de venir a tomar el Santo hábito, olvidé casi del todo, y me di a la lengua castellana (…)” Escribo para mi gusto y para mi instrucción, y para ejercitarme en la averiguación de la antigüedad, nobleza y pureza de la lengua que he mamado (…)”.
“¡Oh, y de cuantas necedades mágicas semejantes me acuerdo, sólo porque me hicieron estudiar de memoria cosas que no supieron explicarme y en idioma que no debía entender! (…) Desde el dicho año 10 nunca hablé, ni leí, ni escribí tres períodos en lengua gallega”.
O seu pensamento lingüístico analiza a orixe común do galego e do castelán dende a lingua latina. Deste xeito dignifica o idioma galego e o compara xerárquicamente co castelán.
“Tardé poco en observar que la lengua gallega y la castellana no son sino dos dialectos de la lengua latina en toda su extensión, y que cuanto más se retrocede en siglos casi coinciden esos dialectos. Esto es muy del caso para que los castellanos se utilicen en los elementos etimológicos. Hay muchas voces puras gallegas que también se usaron en el puro castellano, pero ya se han perdido de todo. Antes de los godos la analogía y alteración de las letras latinas era uniforme en los dos dialectos. Después, con el tiempo, el dialecto castellano se apropió una especial analogía, y el gallego no quiso mudar la suya por ser tan tenaz (…)” (Elementos Etimológicos según el método de Euclides).
Sarmiento chega a vincular o baixo nivel de desenvolvemento económico co problema lingüístico de Galiza.
“En Castilla porque la juventud no domina su lengua, en Galicia porque enseñan una lengua desconocida, el latín, con otra lengua igualmente desconocida, el castellano. En todo el país porque las palabras y las cosas andan desatadas, porque casi hay dos lenguas, una la científica, la de los libros, que no tiene soportes reales dado que al estudiar de memoria no queda en la l mente de los estudiantes más que palabras y no ideas; y otra la vulgar, que prácticamente es ignorada, por no decir despreciada, del erudito. Un problema lingüístico, semántico, de comunicación, es la causa del atraso de su patria, se produce en el momento mismo de comenzar la educación de la juventud, al atiborrarle la cabeza con palabras e ideas que no tienen fundamento en la realidad de las cosas. El estudio de las palabras, de sus etimologías, es el camino para clarividenciarlas, para desentrañar su verdadero significado (…)”.
O noso filólogo basea a súa pedagoxía na aprendizaxe do galego para estudar mellor o latín da Igrexa católica e o castelán das institucióis.
“He tomado la pluma para escribir estos pliegos compadecido de la juventud gallega, que tanto tiempo ocupa en estudiar una lengua que ignora por otra que no sabe; siendo así que en la lengua nativa que ha mamado, tiene los principales fundamentos para entender con más facilidad el latín, y con más perfección el castellano si después se dedica a ese dialecto”.
“Y quiero que se le enseñe la lengua gallega con especial cuidado, además de lo que deba charlatear con los otros niños. No pienses en que castellanice hasta que se sepa bien y con extensión el Gallego (…)”
Non podería falta a proposta de facer Gramáticas en lingua galega para a aprendizaxe da mocidade.
“Debía, pues, imprimirse un Nebrija, y los demás libros de Gramática con la explicación escrita en gallego, y se debía explicar también a boca en ese mismo idioma, que sepan ya los niños (…)” (Onomástico etimológico de la lengua gallega)
“Antes de entrar el niño en la Gramática Latina, se debe exercitar en una Gramática Vulgar Española. Pero si el niño es gallego, y que aya de estudiar latín, se debe exercitar antes el niño en una Gramática Vulgar de la Lengua Gallega. Ay muchas Grammáticas Vulgares de la Lengua Castellana, pero ninguna ay de la Lengua Gallega. Este defecto se podrá suplir por el Arte Vulgar de la Lengua Portuguesa (…)” (Tratado de la educación de la juventud).
“Los gallegos que en el siglo XI, v.g., estudiaron latín, ¿por cuáles antes y vocabularios castellanos le estudiaron? Es importante que entonces no hubiese vocabularios de la lengua gallega, y algún librejo de su gramática. Confieso que de ninguno tengo noticia. Acaso ese género de libros esté comido de la polilla en algún archivo (…)”.
O Sarmiento está preocupado porque haxa relixiosos que non saben o idioma do país.
“No sé como toleran los Obispos que curas que no son gallegos ni saben la lengua, tengan empleo ad curan animarun, y sobre todo, la administración del santo Sacramento de la Penitencia. ¿Qué es el coloquio de un penitente, rústico y gallego, y un confesor no gallego, sinó un estremés de sordos (…)”.
“Lo más sensible es que cuando los que no son gallegos ni saben bien el idioma gallego se meten a instruír a los rústicos en la doctrina cristiana, a administrarles los sacramentos, y en especial el de la Penitencia, a exhortarlos y todo en la lengua castellana que no entienden los oyentes. Este es asunto de un concilio provincial en el cual los aldeanos representasen sus justas quejas para que no se siguiesen tantos absurdos enormes del abuso contrario. Para maldita la cosa se necesita en Galicia la lengua castellana”.
“Hablo, sí, de los que han de tratar de instruir y dirigir a los fieles en la religión católica y de los que han de administrar justicia civil; arreglándose unos y otros a las inviolables y loables costumbres del país, pues una costumbre establecida e inmemorial, y que no es mala, tiene tanta fuerza como una ley extemporánea y transitoria, y todos los que no saben, ni la lengua gallega ni las costumbres respectivas, son ineptos para los dichos empleos (…)”.
A mesma problemática se formula para os avogados que exercen en Galiza por non coñecer o idioma territorial propio.
“Un abogado en Galicia, sea gallego o castellano, que no sabe el latín puro y el facultativo; que no sabe el latín bárbaro de la Media Edad, que se escribió en Galicia; que no sabe el gallego antiguo de los documentos, y el gallego vulgar y actual que en general se usa, y el que es especial en algunos territorios, ese tal ni es literato ni letrado. Ni es, ni puede ser, abogado, ni informar a los jueces en los pleitos, cuyo asunto es sobre la genuina inteligencia de una cláusula, expresión o palabra de un instrumento antiguo, sea latino sea gallego. Ese no se debe llamar abogado, sino vocero, como se usa en las Partidas, pues sin los requisitos propuestos podrá meter el pleito a voces pero no entenderlas y penetrarlas (…)”.
O Bierzo, febreiro de 2010.
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| RECOÑECEMENTO DO GALEGO NA LEI DO CONSELLO DO BIERZO. |
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RECONOCIMIENTO DEL GALLEGO EN LA LEY DEL CONSEJO DE EL BIERZO,
Por Xabier Lago Mestre, del colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo.
falaceibe@yahoo.es
El idioma gallego ya tiene un reconocimiento legal en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, como nos indica su propio contenido, “gozará de respeto y protección la lengua gallega en los lugares en que habitualmente se utilice” (artículo 4.3.). Nadie duda de que esos lugares en que se utiliza el gallego son la Alta Sanabria y El Bierzo occidental. Además, cuando el citado Estatuto de Autonomía alude a la regulación de la Ley de la Comarca de El Bierzo se refiere a que se tengan en cuenta “(…) sus singularidades y su trayectoria institucional” (art. 46.3). Entre esas singularidades se encuentra el mantenimiento secular del idioma gallego en nuestro territorio periférico. Por todo ello resulta lógico demandar un reconocimiento expreso de la lengua gallega en la futura reforma de la Ley del Consejo Berciano.
El idioma gallego no tiene reconocimiento de oficialidad en la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Esta falta de declaración oficial no impide un uso institucional y administrativo parcial del gallego por parte del Consejo Berciano, ayuntamientos y juntas vecinales. No ser lengua oficial impide que el gallego tenga la eficacia jurídica que posee el castellano. Pero el uso administrativo secundario del gallego se fundamenta en el reconocimiento legal y jurídico, concretado en el visto Estatuto de Autonomía de Castilla y León y en la propia Constitución española, “la protección de la riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es patrimonio cultural que será objeto de especial respecto y protección” (art. 3.3).
Queremos indicar aquí las posibilidades de inclusión expresa del idioma gallego en la reforma de la Ley de la Comarca de El Bierzo. Comenzamos por la referencia al ámbito territorial. Nada impide que se incluya la relación de municipios que componen nuestro territorio en denominación bilingüe. Así, los municipios de El Bierzo occidental pueden aparecer de la siguiente forma: Peranzanes/Peranzais, Vega de Espinareda/A Veiga de Espiñareda, Fabero/Fabeiro, Villafranca del Bierzo/Vilafranca do Bierzo, Vega de Valcarce/A Veiga de Valcarce, Balboa/Valboa, Barjas/Barxas, Camponaraya/Camponaraia, Villadecanes/Viladecais, Borrenes/Borreis y Puente Domingo Flórez/A Ponte Domingo Florez. Sin olvidar la propia denominación de nuestro territorio, El Bierzo/O Bierzo.
Estas denominaciones bilingües no alteran la actual oficialidad de la lengua castellana, y cumple con la obligación que fija la Ley de Régimen Local de Castilla y León, “la denominación de los municipios habrá de ser en lengua castellana, respetándose las denominaciones existentes a la entrada en vigor de esta Ley (…)” (art. 24.1). De esta forma se comenzará a respetar la recuperación de nuestra toponimia gallego-berciana. Además, la citada propuesta de municipios bilingües ya se practica en otras comunidades autónomas. Las comarcas orientales de la llamada Franja de Aragón, con reconocimiento legal como la de El Bierzo, denominan de manera bilingüe, en castellano y catalán, sus municipios. En fin, los actuales alcaldes y concejales bercianos, afectados por esta modificación bilingüe de sus municipios, no tienen que preocuparse. Este mínimo cambio no altera para nada la oficialidad de la denominación actual de sus municipios.
Por otra parte, hace falta crear un nuevo artículo de la Ley de la Comarca de El Bierzo que haga referencia expresa a la lengua gallega. De esta manera se cumplirá con el mandato lingüístico del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, según lo estipulado en el visto artículo 4.3, y que también es aplicable a los entes locales de El Bierzo. A esto añadimos la referencia a presencia de las singularidades en la Ley de la Comarca (art. 46.3), caso del idioma gallego de El Bierzo occidental. Así pues, es imprescindible contar con la mención concreta de la lengua gallega en el articulado de dicha Ley autonómica.
En este contexto, proponemos el siguiente artículo lingüístico como punto de partida y debate.
Artículo. USO DE LAS LENGUAS DE EL BIERZO.
1. El castellano es la lengua oficial del Estado. El gallego es idioma propio de El Bierzo occidental. El gallego representa una singularidad cultural e histórica que conforma la minoría lingüística a proteger.
2. El Consejo Berciano fomentará la utilización institucional del gallego, mediante servicios de información bilingües, según determine el reglamento de uso de lenguas.
3. El Servicio Lingüístico Berciano apoyará el uso del gallego por los ayuntamientos y las juntas vecinales, así como estimulará su utilización por la ciudadanía. Tendrá especial intervención en la enseñanza, las tecnologías de la información y en la recuperación del derecho consuetudinario, propio de El Bierzo occidental, en gallego.
4. Se establecerá la toponimia de los municipios occidentales en gallego-berciano.
5. Se regularizarán las relaciones administrativas con instituciones de Galicia para ejecutar programas de normalización lingüística y cultural.
El comentario de esta propuesta de artículo lingüístico incide en la oficialidad del castellano y en la no oficialidad del gallego, aunque se le reconoce el carácter de idioma propio y territorial. Se insiste en que esta peculiaridad cultural conforma un colectivo lingüístico a proteger por el hecho de ser minoría, tal y como establecen los artículos 8.2 y 16.23 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.
La utilización institucional del idioma gallego, por parte del Consejo Berciano, se concentra específicamente en los servicios de información, en contacto directo con los ciudadanos. Será el Reglamento de uso de lenguas quien establezca la forma y el procedimiento en que se prestará este servicio de información. El Consejo de El Bierzo deberá crear un Servicio Lingüístico que promocionará el uso institucional del gallego por parte de los entes locales (ayuntamientos y juntas vecinales). Este Servicio Lingüístico desempeñará otras funciones: enseñanza del gallego al personal funcionario y laboral, fomento de nuevas tecnologías en este idioma, recuperación toponímica y demás.
Por último, resulta lógico pedir una referencia expresa en dicho artículo a las relaciones interadministrativas con Galicia. El Consejo de El Bierzo debería establecer y ejecutar programas de colaboración educativa, cultural, medioambiental, turística, etcétera. Todas estas propuestas lingüísticas para la reforma de la Ley de la Comarca de El Bierzo son competencias viables y fácilmente asumibles.
O Bierzo, enero de 2010.
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| SOBRE O PROTOCOLO XERAL DE COLABORACIÓN XUNTA-JUNTA DE CASTELA |
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 COMUNICADO DE FALA CEIBE DO BIERZO
SOBRE O PROTOCOLO XERAL DE COLABORACIÓN
ENTRE A XUNTA DE GALICIA E MAILA JUNTA DE CASTELA E LEÓN.
falaceibe@yahoo.es
O colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo, de defensa da cultura e a lingua galegas na rexión, informa que o vindeiro mércores 20 de xaneiro vai sinarse en Santiago un Protocolo Xeral de Colaboración entre a Xunta de Galicia e maila Junta de Castela e León. Este texto fará referencia a diversos aspectos: saúde, fogos forestais, Xacobeo, ensino do galego, comunicacióis terrestres e demais. Pero moito nos tememos que dito Protocolo esqueza o tema da recepción da Televisión Galega Dixital nos territorios estremeiros de Navia-Eo, O Bierzo e As Portelas da Alta Seabra. Dende o apagón analóxico na rexión berciana xa nos sintonizamos as emisióis da TVG.
Fala Ceibe lémbra aos medios de comunicación de Galiza que hai un movemento social amplo que demanda o mantemento da recepción do sinal da TVG na rexión berciana. Incluso, pola presión de esta demanda colectiva, xa se debateu unha proposición non de lei sobre esta problemática nas Cortes de Valladolid a finais do ano 2009, que foi rexeitada polo Partido Popular. Ao mesmo tempo, diversas queixas sobre este particular estanse tramitando ante os diversos defensores autonómicos, casos do Valedor do Pobo de Galiza, o Procurador del Común de Castela e León e o Defensor do Pobo estatal.
Ademais Fala Ceibe indica que as Cortes Xerais están preparando una Lei Xeral da Comunicación Audiovisual que permitirá que se poidan ver as televisióis públicas autonómicas noutras comunidades autonómicas veciñas. Así xa se aprobou unha emenda a esta Lei que permitirá sintonizar as ditas televisiones públicas en territorios lindeiros onde haxa “afinidades lingüísticas y culturales siempre que así lo acuerden mediante convenios (…)”.
Por todo o cal, ao abeiro desta Lei Xeral de Comunicación Audiovisual, Fala Ceibe do Bierzo demanda, tanto á Xunta de Galiza e maila Junta de Castela e León, que se inclúa nese Protocolo Xeral de Colaboración interautonómico un apartado expreso referido á recepción da TVG nos ditos territorios lindeiros con Galiza.
Fala Ceibe do Bierzo fai un chamamento público aos medios de comunicación de Galiza, que asistan á rolda de prensa que se celebrará durante a firma do dito Protocolo Xeral de Colaboración interautonómica, para que pregunten sobre a resolución definitiva desta problemática televisiva. Esta sería a mellor forma de cumprir coa axeitada labor social que teñen os medios de comunicación de Galiza. Agradecemos a atención prestada a este comunicado.
O Bierzo, xaneiro de 2010.
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Tfno. 695344293. |
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| A RECEPCIÓN DA TVDIXITAL GALEGA UN CHISCO MÁIS CERCA |
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 LA RECEPCIÓN DE LA TV DIGITAL GALEGA EN EL BIERZO MÁS CERCA,
POR EL COLECTIVO CULTURAL FALA CEIBE DO BIERZO.
falaceibe@yahoo.es
El colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo informa de que la Junta de Castilla y León y la Xunta de Galicia tienen previsto firmar un Protocolo General de Colaboración en este mes de enero. Este Protocolo incluirá diversas materias: cultura, sanidad, comunicaciones, servicios sociales, extinción de incendios, etc. Pero hay un temor fundado a que no se mencione la posible y necesaria colaboración interautonómica en materia de la emisión y recepción de la televisión digital terrestre, en lo que se refiere a la TVD Galega en la región de El Bierzo.
Fala Ceibe do Bierzo recuerda que en este sentido las Cortes Generales ya están elaborando una ley que da amparo jurídico a la recepción de las televisiones públicas regionales en otras comunidades autónomas vecinas. Así, este pasado día 7 de enero la Comisión Constitucional del Congreso, en el debate sobre la Ley General de la Comunicación Audiovisual, aprobó una enmienda que se refiere a la posibilidad de que televisiones públicas puedan verse en otras comunidades autonómicas. El texto de la enmienda aprobada entre PSOE y CIU se refiere a comunidades autónomas vecinas que tengan “afinidades lingüísticas y culturales siempre que así lo acuerden mediante convenios (…)”. Está claro que entre Galicia y El Bierzo existen ese tipo de afinidades lingüísticas y culturales en lo que se refiere Al mantenimiento común del idioma gallego.
Fala Ceibe do Bierzo indica que esa Ley General de la Comunicación Audiovisual se aprobará con esa dicha enmienda en el Senado para entrar en vigor cuanto antes. En este contexto favorable a la recepción de la TV Digital Gallega en la región de El Bierzo, creemos que el dicho Protocolo de Colaboración entre la Xunta de Galicia y la Junta de Castilla y León debería de incluir ya una mención a esa materia televisiva. Indicamos que incluso se podría hacer incapie a la reciprocidad de señales televisivas, es decir, que la TV Digital Gallega se pueda ver en El Bierzo y que a la TV Digital de Castilla y León se pueda ver en Galicia, concretamente en la comarca de Valdeorras. Todos sabemos que esta comarca tiene mucha afinidad histórica, social, económica y cultural con El Bierzo y, por lo tanto, las actuales emisiones de la TVCYL de Ponferrada podrían tener interés para la población de Valdeorras.
Fala Ceibe do Bierzo insiste con esta petición social para que se pueda seguir viendo la TV Digital Gallega. En este sentido ya hemos mandado las correspondientes quejas al Procurador del Común de Castilla y León, Valedor do Pobo Galego y Defensor del Pueblo del Estado. Sería un grave error político, por parte de los Partidos Populares de Galicia y Castilla y León, no tener en cuenta esta demanda colectiva que desea que se mantenga la recepción de la TV Digital Gallega en El Bierzo. En este contexto, la actual pasividad política, constatada en la negativa del PP a aprobar una propuesta de resolución del PSOE en las Cortes de Valladolid sobre la TV Digital Gallega, no tiene sentido, pues tanto la tecnología actual como el marco jurídico van a permitir, más pronto que tarde, que los bercianos y las bercianas podamos seguir viendo la TV Gallega en nuestra región.
Ponferrada, enero de 2010.
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| AUTONOMÍA POLÍTICA PARA EL CONSEJO BERCIANO. |
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 AUTONOMÍA POLÍTICA PARA EL CONSEJO BERCIANO,
Por Xabier Lago Mestre.
falaceibe@yahoo.es
Desde hace tiempo los políticos de la Junta de Castilla y León nos anuncian que concederán más autonomía política para el Consejo Comarcal de El Bierzo. Así aconteció durante la última celebración del Día de El Bierzo, en el discurso institucional del Consejero de Fomento, Sr. Silván, y lo mismo ha sucedido recientemente con la presentación de los llamados Principios Políticos de modificación de la Ley de la Comarca. Lo que hace falta es concretar más en qué consiste esa posible autonomía política para El Bierzo.
En este 2010 está prevista la modificación de la Ley de la Comarca berciana. Y el reto de esta reforma es fijar adecuadamente esa autonomía política que todos demandamos como necesaria. Para ello, en primer lugar tenemos que establecer el objetivo de la citada Ley. Así proponemos el siguiente artículo, “La Ley de la Comarca de El Bierzo tiene por objeto establecer el régimen jurídico especial para proteger las singularidades territoriales, mediante la concesión de la autonomía política”. Siendo el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en su artículo 46.3, quien establece el mandato legal por el cual “una ley de las Cortes de Castilla y León regulará la Comarca del Bierzo, teniendo en cuenta sus singularidades y su trayectoria institucional”. Esas singularidades bercianas a reconocer en dicha Ley autonómica son geográficas (aislamiento geográfico, orografía montañosa, alejamiento periférico, cuenca hidrográfica del Sil-este…), históricas (vinculación con Castilla, León y Galicia), culturales, lingüísticas (existencia de la minoría gallego-hablante), sociales (fuerte conciencia colectiva identidaria, demanda secular de autonomía…) e institucionales (sucesivos entes de reconocimiento territorial y administrativo).
Partiendo de lo dicho, hacemos otra propuesta de artículo para la definición de nuestra institución. “La Comarca de El Bierzo es el ente territorial con autonomía política, representación institucional de la comunidad berciana, para la gestión diferenciada de los intereses propios, determinados por sus singularidades, mediante competencias y financiación suficiente”. De lo que se trata ahora es de concretar en qué consiste esa autonomía política para el Consejo General Berciano.
La autonomía política es concretada por la legalidad vigente (Constitución, Estatutos de Autonomía, leyes estatales y autonómicas, reglamentos…), y más específicamente por lo que deba fijar la futura reforma de la Ley de la Comarca de El Bierzo en su correspondiente articulado. Pero también la autonomía política dependerá del mayor o menor grado de participación ciudadana en la elección de los representantes a los órganos de gobierno. Así, la elección directa de los consejeros significará un mayor grado de legitimidad de la autonomía política que pretendemos para el Consejo General Berciano. Sin olvidar que la participación ciudadana también se concreta mediante otras formas: consultas populares, concejos públicos, foros electrónicos, etcétera.
La autonomía política necesita para su ejercicio de potestades, es decir, de poderes efectivos atribuidos por el ordenamiento jurídico. De ahí que la futura Ley del Consejo de El Bierzo deba mencionar expresamente las diversas potestades. La Ley estatal del Régimen Local nos indica que las potestades de los entes territoriales de existencia obligatoria, municipios y provincias, podrán ser asumidas por las comarcas (artículo 4.2). Entre esas potestades se encuentran la reglamentaria (aprobar reglamentos y ordenanzas), autoorganización (fijar el organigrama administrativo), programación y planificación (planes de desarrollo comarcal), tributaria (establecer tasas, contribuciones, precios públicos…), expropiatoria y demás.
La autonomía política servirá para dar más poder a los órganos de gobierno (Presidente, Pleno, Junta de Gobierno, Consejo de Alcaldes…). Nos referimos a que tengan más funciones y poder decisorio, así como que sus resoluciones posean un valor vinculante ante el resto de administraciones públicas superiores, siempre que se tratase de asuntos referidos a sus singularidades territoriales. En estos temas específicos el Consejo General de El Bierzo debería poseer mayor capacidad de participación institucional ante las Cortes de Valladolid y ante la Junta de Castilla y León (iniciativa legislativa, elaboración de propuestas e informes, derecho de audiencia…).
Por supuesto, para la eficiente concreción de la autonomía política se precisa de la concesión de más competencias, reforzando las que afecten a sus singularidades territoriales. Resulta prioritario que esas competencias cuenten con suficiente financiación para su gestión. Para ello hay que partir de la institución pública que crea el Consejo General de El Bierzo, es decir, la Junta de Castilla y León, es la principal responsable de su adecuada financiación, no así los descapitalizados ayuntamientos, pues la Ley y la jurisprudencia constitucional es muy clara a este respecto.
Finamente, resultaría un grave error jurídico y político reducir el principio general de autonomía política únicamente al ejercicio del poder legislativo a través de las Cortes Generales o los Parlamentos autonómicos. Los defensores de esta corriente jurídica tradicional restringen la autonomía de las corporaciones locales a la administrativa. Pero la modernidad, propia del siglo XXI en el que estamos, apuesta ya por el reconocimiento de autonomía política a los entes territoriales supramunicipales. La autonomía política del Consejo General Berciano servirá para defender mejor sus intereses singulares ante otras administraciones, estatal y autonómicas, sin confrontación y con cooperación, a la vez que permitirá profundizar en su democratización mediante una mayor participación ciudadana.
O Bierzo, enero de 2010.
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| PONFERRADA PROCURÓ CONSEGUIR SU COLEGIATA (1ª PARTE) |
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 PONFERRADA QUERÍA TENER SU COLEGIATA DE LA ENCINA (1ª PARTE),
Por Xabier Lago Mestre.
falaceibe@yahoo.es
La villa de Ponferrada intentó conseguir la declaración de Colegiata para la iglesia de la Virgen de la Encina, actual Basílica. En el siglo XVIII hubo una importante demanda ponferradina a favor de la mutación de su iglesia en Colegiata. Tenemos el “Memorial de la Villa de Ponferrada a su Magestad, pretendiendo la Creación i Mutación de la Iglesia de Nuestra Señora de la Encina su Patrona en Colegiata”, editado en Santiago de Compostela en 1775 (ver la revista “Bierzo” del año 2009). La consecución de la Colegiata hubiera supuesto un mayor prestigio religioso y social para nuestra villa del Sil.
Antes de entrar en el contenido de ese citado Memorial de la villa de Ponferrada conviene recordar que Villafranca ya había conseguido su propia Colegiata en el siglo XVI. La directa intervención de los Marqueses de Villafranca posibilitó la firma de una bula del papa Clemente VII, el 22 de marzo de 1529, que aprobaba la creación de la iglesia colegial. Esta colegiata secular dependía de la Silla Apostólica. Su financiación inicial se establecía en 500 ducados, sufragados por las rentas del Priorato de Sta. Mª del Cruñego, préstamos, curatos y demás beneficios eclesiásticos, además de contar con el patronato de los Marqueses de Villafranca. Esta casa señorial tenía la facultad de presentar el abad, mientras que el Papa le concedería su cargo (según la bula papal de 1 de noviembre de 1532). Todo el personal de la Colegiata quedaba exento de la jurisdicción y visita del Obispo de Astorga pues, como ya hemos indicado, dependía solamente de la Silla Apostólica de Roma. De forma inmediata la Colegiata fue incorporando nuevas rentas provenientes de beneficios de iglesias vecinas, y logró ampliar su jurisdicción religiosa por El Bierzo, Valdeorras y O Bolo. Así aconteció con las parroquias de Borrenes, Narayola, S. Pedro de Trones, Quilós, Cascallana, Corullón, Villavieja entre otras muchas más. De esta forma los Marqueses fueron controlando un amplio territorio mediante los numerosos resortes del poder político, fiscal, judicial y religioso.
Volvemos al estudio de la demanda de la Colegiata para Ponferrada. En la portada del Memorial ponferradino citado se indica que “sin que para ello S. M. estraiga cantidad alguna de su Erario, ni se verifique perjuicio alguna de tercero”. Con ello se trata de favorecer la concesión de la Colegiata por la Corona al no suponer gastos para la hacienda real. A lo largo de sus 34 páginas Ponferrada fundamenta la declaración de Colegiata. Comienza el Memorial, “Señor. La muy Noble, Antigua, i Leal Villa de Ponferrada, Capital de la Provincia de el Vierzo (…)”, continuando con la relación nominal de sus regidores, en un intento por resaltar la importancia territorial de la villa, así como el apoyo del ayuntamiento. De inmediato se recurre al poderío religioso de la Virgen de la Encina, “cual demuestra el crecido número de milagros (…)”, y su peculiar influencia en toda la región, “i mueven a devoción a los más duros corazones, quedando los de esta Villa exaltados, i gloriados de tenerla por su Patrona, i de toda la Provincia (…)”.
La argumentación religiosa insiste en la protección que la Virgen de la Encina ejerce en la provincia de El Bierzo, “i frecuentemente, que en los años más escasos de aguas, i en que por esta falta en Castilla, i otras Provincias no se ha cogido, en esta se han experimentado unas cosechas abundantes, haciendo esta Señora, que las causas naturales no produzcan aquí sus efectos, verificándose lo mismo con los rigurosos yelos, que han destruido las viñas, i arboles en otros Pueblos, quedando las de éstos en algunas ocasiones que los ha habido, sin experimentar la natural pérdida de sus frutos (…)”.
El poder milagroso de la Virgen de la Encina ya atrajo la atención del propio rey Felipe V. Así, en el año de 1707, mandó al Deán de la Catedral de Astorga, “a fin de que averiguase el portentoso Milagro, que en el día cinco de Noviembre de el año antecedente había hecho Nra. Señora de la Encina con María de Mendoza, natural de la Ciudad de Burgos (…)”. Seguidamente el Memorial que leemos describe el proceso milagrero de la Virgen sobre la devota vecina burgalesa. En él se relata cómo esta castellana tenía una grave enfermedad, “que la predicha había nacido tullida, en conformidad, que tenía las pantorrillas, i pies unidos con los muslos, aquellos mui vueltos, pequeños, sin perfección, ni tamaño, i las caderas bajas, i recogidas para dentro, de forma, que le era preciso para moverse llevar arrastro el medio cuerpo, por cuya razón las personas devotas, i caritativas la llevaban en sus espaldas, i por los trabajos i dolores que su Madre padeció en el parto, murió de él (…)”.
El Memorial destaca como la burgalesa había visitado ya numerosos santuarios del Camino de Santiago en busca de su remedio. Incluso en el viaje de ida no había hecho caso a los consejos sobre el poder de la Virgen berciana, “el hospitalero le dijo, se encomendase a Nra. Señora de la Encina, que era mui Milagrosa, por entonces no lo hizo, i por lo mismo la mañana que salió de ella, cayó dos veces de el bagaje que la conducía (…)”. En competencia milagrosa con el resto de iglesias del Camino Francés, fue finalmente, a la vuelta de Santiago, cuando la Señora de nuestro santuario mariano se dignó a obrar el milagro de curarla. Pero lo curioso del caso es que la Virgen de la Encina hizo varios milagros sobre la misma persona. Leemos que “quedó desmayada por espacio de tres minutos, i habiendo vuelto en si, se halló cercada de sacerdotes, i gentes, que con alegría, i fervorosa fe decían: Milagro, Milagro, i se conoció estar enteramente sana, i sin impedimento alguno, andando por la iglesia, perfectos sus pies, piernas, i muslos, i siendo aquellos mui pequeños antes de el Milagro, por él, se le pusieron de seis puntos, i le fueron creciendo por tres meses, estendiendose al fin de ellos hasta de ocho, sin quedarle en su cuerpo la más mínima lesión, ni impedimento de sus imperfecciones (…)”.
Tras su milagrosa curación, la devota burgalesa hizo su correspondiente promesa-obligación de permanencia junto a la Virgen, “todos los días prosiguió visitando a nuestra Señora, i le ofreció continuar toda su vida barriendo su Iglesia, así lo cumplió hasta el día tres de julio de el año posterior de mil setecientos siete (…)”. Por desgracia, la burgalesa “determinó retirarse a dicha Ciudad de Burgos, i entrar en el Convento de las Huelgas de aquella Ciudad (…)”. Pero esta decisión de volver a su ciudad castellana no fue compartida por todos, “i habiendo principiado a despedirse, todos le decían no lo egecutara, que era ser ingrata a la Virgen Santísima, i no guardar el voto que havia hecho, i particularidad su Confesor (…)”. Por desgracia el milagro de la curación se tornó en fatalidad de nuevo, “se volvió para salir de la Iglesia con animo de ejecutar luego su viage, i estando en pie, le dio de repente un accidente, que privándola de los sentido, cayó en tierra, i haviendose recobrado, se halló tendida, tullida, inmóvil de todo el cuerpo sin el natural uso de todos sus miembros, de forma, que por si no podía mover parte alguna de su cuerpo (…)”. Este segundo milagro se produjo al romper su promesa-obligación religiosa de permanecer de por vida junto a la Virgen.
Ya tullida otra vez, desconsolada y sufriente por ello, su ama le dijo: “¿prometes de veras, que has de ser esclava de MARIA Santísima de la Encina, i servirla en su Santa Casa toda tu vida? (…)”. A lo que la burgalesa le respondió: “de todo corazón, i con muchas lágrimas que sí, pero que no la convendría para su salvación la sanidad, i sí el estar tullida, i por lo mismo se hiciera su santa voluntad (…)”. De inmediato se obró un nuevo milagro sobre ella, “al tiempo de concluir sus palabras, proferidas de todo corazón, sintió un gran consuelo de alma i cuerpo, i juzgando estaba buena, fue a levantarse, i se halló sana sin impedimento alguno (…)”.
Este otro milagro provocó gran alboroto de devotos, “siendo grande el concurso que hubo en todos, i al fin se celebró Procesión general, yendo otra vez en ella delante de la Santa Imagen María de la Encina, en quien obró los tres prodigiosos milagros referidos, siendo infinitos los demás que ha hecho (…)”. Los sucesivos milagros de la Virgen sirven para reforzar los vínculos de dependencia religiosa de la población ponferradina y de la provincia berciana con su Patrona.
O Bierzo, decembro de 2009.
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| PROTESTA BERCIANA POLA SUPRESIÓN DA TVG |
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PROTESTA BERCIANA ANTE SUPRESIÓN DE LA RECEPCIÓN DE LA TV GALLEGA,
Por Xabier Lago Mestre, colectivo Fala Ceibe do Bierzo.
falaceibe@yahoo.es
Los bercianos y los porteños de la Alta Sanabria zamorana llevamos muchos años viendo la Televisión Gallega. Sin embargo, ante el próximo apagón analógico pronto dejaremos de ver la dicha TVG. Ante este riesgo cierto de pérdida de la recepción de la señal televisiva, hace meses nos dirigimos a los distintos partidos políticos en demanda de la solución a esta problemática comunicativa.
La respuesta de los partidos políticos fue la presentación de proposiciones no de ley en las Cortes de Castilla y León (por el Psoe) y el Parlamento Gallego (por el Bng). El pasado lunes, 24 de noviembre, se ha debatido en el Parlamento de Valladolid la propuesta de resolución a favor de que se pudiese recibir la señal de la TV Gallega Digital en las comarcas de El Bierzo y la Alta Sanabria. Sin embargo, el Partido Popular ha votado en contra de esa resolución, alegando que la legislación estatal de la televisión digital impide la emisión y la recepción de las televisiones autonómicas fuera del ámbito de sus comunidades autónomas respectivas.
Desde luego que sorprende esta argumentación del Partido Popular en las Cortes de Castilla y León. En este sentido, recordamos que actualmente ciertas televisiones digitales autonómicas ya se reciben en otras comunidades autónomas vecinas. Son los casos de la TV Catalana que se ve en Aragón y Valencia, la TV Euskadi en Navarra, y la TV Andaluza en Ceuta y Melilla. Resulta pues, totalmente lógico que los bercianos reclamemos un trato igualitario y no discriminatorio, respecto al recibido por los habitantes de esas otras comunidades autónomas que disfrutan de la televisión digital de sus vecinos.
Los bercianos llevamos años viendo la TV Gallega y ahora nos amenazan con su supresión por la falta de voluntad política del Partido Popular. Curiosamente el Presidente de la Xunta de Galicia ha declarado ante los medios de comunicación que se mostraba favorable a que los bercianos podamos seguir viendo la TVG en su versión digital. Pedimos que se analicen seriamente las posibilidades legales (convenio con Galicia) y los medios técnicos (Canal Digital Multiplex) para que se pueda seguir viendo la TVG en El Bierzo. Solamente hay que seguir la vía abierta por las otras comunidades autónomas que ya perciben la televisión digital de sus vecinos.
Reafirmamos nuestra demanda televisiva en base al artículo 5º del propio Estatuto de Autonomía de Castilla y León, “gozará de respeto y protección la lengua gallega en los lugares en que habitualmente se utilice”. La negativa del Partido Popular a que se siga viendo la TVG en El Bierzo creemos que es contraria al contenido de este artículo estatutario. Los territorios periféricos de la Alta Sanabria y El Bierzo merecen otra consideración de la Junta de Castilla y León. Estas dos comarcas periféricas no se las puede aislar más, mediante la creación de una nueva frontera televisiva que impida ver la TVG Digital. La Junta de Castilla y León debe favorecer las relaciones de estas comarcas con sus vecinos de Galicia, en base a la vinculación cultural y lingüística secular. Sólo de esta forma se facilita la verdadera integración democrática de estos territorios en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, sin imposiciones políticas como la comentada.
El colectivo cultural Fala Ceibe ya se ha dirigido al Procurador del Común de Castilla y León en petición de amparo ante la próxima supresión de la recepción de la TV Gallega en El Bierzo. De forma inmediata nos dirigiremos al Valedor do Pobo de Galicia y al Defensor del Pueblo del Estado con la misma queja. También llevaremos esta demanda al Consejo Comarcal, a las Cortes Generales y al Parlamento de la Unión Europea. Estamos seguros de que los bercianos tenemos toda la razón en esta petición televisiva. Por eso confiamos en que finalmente la Junta de Castilla y León rectifique su actual error político, y ponga los medios técnicos para que los bercianos podamos ver la TV Gallega Digital.
O Bierzo, noviembre de 2009.
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| PONFERRADA PUGNA POR LA CAPITALIDAD DE LA PROVINCIA LIBERAL. |
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PONFERRADA PUGNA POR LA CAPITALIDAD DE LA PROVINCIA LIBERAL,
Por Xabier Lago Mestre.
falaceibe@yahoo.es
Todos sabemos de la existencia de la provincia de Villafranca del Bierzo, aprobada por Decreto de las Cortes de 27 de enero de de 1822. También conocemos de las disputas por su capitalidad entre las dos villas principales de la provincia, Villafranca y Ponferrada. Incluso se ha difundido erróneamente que la supresión de la mencionada provincia se debió a las diferencias entre los dos núcleos de población. Esta idea es totalmente falsa pues la disolución de nuestra provincia fue consecuencia de una decisión tomada en Madrid, por razón de la política liberal y centralista de la época.
En este trabajo analizaremos parcialmente el proceso reivindicativo de Villafranca y Ponferrada en su lucha por la capitalidad provincial. Villafranca ostentaba la capitalidad del amplio marquesado, localizado en el occidente regional. Por su parte, Ponferrada había sido la capital de la provincia de El Bierzo durante todo el Antiguo Régimen (siglos XVI-XVIII). Como no podía ser de otro modo, el debate sobre la nueva organización territorial se extendió a todos los ayuntamientos que formaban parte de la provincia, y se enconó cuando opinaron sobre la futura capitalidad provincial.
Así conocemos que Priaranza y Camponaraya se mostraron contrarios a la capitalidad villafranquina, y llevaron sus quejas ante la propia Diputación leonesa (octubre y noviembre de 1820). El resto de las poblaciones bercianas tomaron también partido. Los concejos más próximos a Villafranca defendieron la capitalidad de ésta, casos de Valboa, Barxas, Corullón, Trabadelo y Veiga de Valcarce. Por la otra parte, los concejos de Barrios de Salas, Bembibre, Columbrianos, Molinaseca, etc. querían la capitalidad provincial para Ponferrada. Parece lógico pensar que la cercanía a la respectiva capital provincial fijaría los apoyos a una u otra.
Respecto a las comarcas periféricas de la región berciana, La Cabrera apoyaba a Ponferrada. Los concejos de la medieval merindad de Aguiar se inclinaban por Villafranca por su vinculación histórica, económica, vías de comunicación y demás con el marquesado. Por lo que toca a ciertos concejos de Ribas del Sil (Salientes, Salentinos y Valseco) querían su inclusión en la provincia de León, recordemos su vinculación histórica con el condado de Luna. Sin embargo, el Decreto de enero de 1822 incluía “(…) el valle de Orres y los concejos del Sil de Arriba y de Abajo, Salientes, Salientinos, Valseco, Tejado y Mata de Otero quedan comprendidos en este provincia”. El Sr. Sierra y Pambley, con el resto de diputados leoneses, defendieron el mantenimiento de Laciana en la provincia leonesa, “si bien no les es muy fácil bajar a la capital de León, les es absolutamente imposible ir a la de la nueva provincia del Vierzo porque median por esta parte montañas y caminos inaccesibles (…)” (Diputación de León, Actas, 16 de junio de 1821). En un principio se pretendía integrar en la provincia de O Bierzo a todas las comarcas de la región del río Sil. A pesar de estas opiniones contrarias, los límites provinciales, fijados por las Diputaciones de León, Villafranca y Lugo, el 31 de agosto de 1822, fijaban “Laciana al Bierzo (…)”.
El reino de Galicia del Antiguo Régimen fue alterado para agrandar la pequeña provincia berciana. No obstante, el diputado leonés, Benito Lobato, “era partidario de dejar para Ourense una parte del Bierzo con tal de mantener la mayor porción con León (…)” (Diario de Sesiones de Cortes, 10 de junio de 1821). Como no podía ser de otro modo, los diputados gallegos protestaron por la segregación de Galicia. Más conflictiva fue la inclusión de los pueblos de Valdeorras en El Bierzo pues también aquí había divisiones internas. O Barco apostaba por ser de Ourense, no así A Rúa y Freixido que se declararon por la provincia berciana. Concejos gallegos de la antigua merindad de Aguiar pidieron su inclusión en Ourense, A Veiga de Cascallana, Robledo, O Porto, O Real, Barrio, Castelo y Leria (DSC, 13 de abril de 1821). Incluso hubo otras iniciativas de amplicación territorial para El Bierzo a costa de Galicia. El diputado Antonio Valcarce proponía la inclusión en Villafranca del valle de Quiroga y las comarcas de Trives y O Bolo (J. Burgueño Rivero, 1995). Pero en general, los diputados gallegos mostraron su oposición a la segregación de tierras de Galicia. El Sr. Xosé Moscoso afirmó que “un gallego, por más que se le diga que pertenece de ahora en adelante a la provincia del Vierzo, siempre será gallego, pues lo que principalmente distingue las provincias es el dialecto que se habla en cada una de ellas” (DSC, 2 de octubre de 1821).Desde luego, este diputado gallego desconocía que en el Bierzo occidental se hablaba gallego.
O Bierzo, novembro de 2009.
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REFRANEIRO LABREGO DA REXIÓN BERCIANA (2ª PARTE),
por Xabier Lago Mestre, colectivo Fala Ceibe do Bierzo, falaceibe@yahoo.es
REFRANEIRO DO MES DE ABRIL:
“En abril augas mil, pero que caiban todas nun barril” (pola xusta caída de augas).
“Se queres ovellas mil, rapa en abril; se queres ovellas catro, rapa en marzo”.
“Cando entra o sol en Aries, crecen os días e múdanse os aires”.
“En abril augas mil” (O Bierzo é un país moi chuvioso).
“Choiva para vos todo o ano, e para min en abril e maio” (malos desexos para os demais).
“Entroido o sol, Pascua o tizón”.
“Se queres ter bon millo, por San Marcos (28 de abril) nin nacido nin no saco.
“Mañás de abril, deixa de máis durmir” (polas mañás de moita chuvia).
“Se o cuco canta o vinte de abril, é que está enfermo ou vai morrer”.
“Pascuas marcíais, fames e mortandades”.
REFRAIS DO MES DE MAIO:
“Corre maio polo pan, e detrás vén S. Xoán, e detrás Santa Mariña para segar a gabeliña”
“Polo San Matías (14 de maio), igualan as noites cos días”.
“En maio quima a vella o tallo” (tronco de partir leña).
“Pascuas marcíais, famentas ou mortais”.
“Chova en maio, anque non chova en todo o ano”.
“Maio granaio, xuño segaio e xullo maiaio” (referencias mensuais ao gran, á sega e á maia).
REFRAIS DE XUÑO.
“En San Xoán as dez con día dan” (porque escurece máis tarde).
“Augas de San Xoán (24 de xuño), quitan viño e non dan pan”.
“San Antoño (13 de xuño), San Antoñin, garda o nos rebañín”.
“Ata san Antón, Pascuas son”
“Por S. Xoán (24 de xuño) a sardiña molla o pan” (pola abundancia deste peixe na alimentación).
REFRAIS DO MES DE XULLO.
“Por Santiago (25 de xullo) pinta o vago” (porque xa hai froitos maduros).
“Por Santiago fai o segado, para ti e para o gando”.
REFRANEIRO DO MES DE AGOSTO.
“Se non chove en agosto, non hai magosto” (as choivas boas para os castiñeiros).
“Agosto fina o rostro”.
“Por Santa Mariña (14 de agosto) vai ver a túa viña, e se mal a atopas, mal a vendimarás”.
“En agosto secan os montes e en setembro secan as fontes”.
“Por San Lorenzo (10 de agosto) recóllese o orégano para que non arda a casa”.
“Por San Bartolo (24 de agosto) planta o repolo”.
“O que non mallou que mallara, que agosto xa pasou, auga para os nabos”.
REFRAIS DO MES DE SETEMBRO:
“Pasada la Encina (8 de setembro), o inverso xa está enriba”.
“San Miguel (29 de setembro), ponme a alma no peso do ben”.
“En setembro, sembra e cobre”.
REFRAIS BERCIANOS DO MES DE OUTUBRO:
“Por San Simón (28 de outubro) quita os bois do timón”.
“Xa chega san Simón co seu varalón (vento forte)”.
“Polo San Lucas (18 de outubro) mata o teu porco e baña a túa cuba”.
“Hasme vir á cava, e einche dar da barbada (parte do cerdo)”
REFRAIS DO MES DE NOVEMBRO:
“O mes de novembro é o mes de tres irmaus: mocos, tos e friu nas maos”.
“Polos Santos, neve nos altos e por S. Andrés (30 de novembro) na porta a verás” (primeiro a neve chega ás montañas e logo baixa de altitude ata os pobos).
“Se queres fino allo, seméntao por San Martiño (11 de novembro)”.
“Por San Andrés corderiños tres”.
“Por San Andrés, o viño novo feito é” (chegada do viño).
“Polo San Martiño (11 de novembro) faise o magosto con castañas asadas e viño ou mosto”.
“Ben boa vida pasa o porco e máis dorme no cortello”.
“O que non mata porquín non ten lacón nin toucín”.
“Alegría, alégrote que anda o rabo da porca no pote”.
“Polo San Andrés (30 de novembro) mata o teu porco como o teis”.
REFRANEIRO BERCIANO DE DECEMBRO.
“Santa Lucía (13 de decembro) saca da noite e mete no día”.
“Pola Santa Lucía mengua a noite e crece o día”.
“Teme máis á veciña, cá neve macelina”.
BIBLIOGRAFÍA.
Manuel Gutiérrez Tuñón: “Refranes galaico bercianos”, en Estudios Bercianos, IEB, 1990.
Santiago Castelao Diñeiro: Refraneiro berciano, Lancia, 1991.
Dieguez Ayerbe: Etnografía y folklore de las comarcas leonesas. El Bierzo. 1884.
Manuel Rodríguez y Rodríguez: Etnografía y folklore del Bierzo Oeste-Suroeste.
O Bierzo,novembro de 2009.
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| DEBATES SOBRE O TOPÓNIMO O BIERZO. |
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 DEBATES SOBRE O TOPÓNIMO O BIERZO,
Por Xabier Lago Mestre, de Fala Ceibe do Bierzo.
falaceibe@yahoo.es
Os debates sobre a recuperación da toponimia orixinal berciana levan moito tempo abertos. O Bierzo occidental ten como lingua propia e territorial o galego na súa variedade dialectal berciana. Pero non podemos esquecer que na rexión berciana existen outras dúas linguas máis, a castelá e maila ástur-leonesa. A interrelación entre as tres linguas complica a resolución do problema toponímico. Neste caso faremos un seguimento do topónimo principal que dá nome á rexión, é dicir, Bierzo, pois pode ter varias denominacióis segundo a lingua utilizada, El Bierzo, O Bierzo ou El Bierzu. A isto temos que engadir a proposta do sector que podemos chamar máis galegueiro que propón O Berzo, alternativa a O Bierzo por considerar esta última forma deturpada por outros idiomas.
Comezamos esta proposta de debate recorrendo á historia para traer as distintas formas documentadas ao longo dos séculos. Por suposto que veremos diversas formas gráficas no período medieval que amosan as dúbidas toponímicas dese tempo. A influencia de varios idiomas no mesmo territorio motiva a diversidade dita. Os distintos poderes institucionais (coroa, señores laicos, mosteiros, obispados…), cos seus oficiais, caso dos escribáns e notarios, dirixen e controlan os seus territorios dentro da rexión berciana. As institucióis exercen o seu poder mediante a palabra escrita sobre o pobo iletrado. Todo isto permite o dominio da toponimia escriturada, que non sempre coincide coa toponimia oral. Teimamos en que o poder institucional impón os nomes dos seus territorios dominados, caso do topónimo da rexión de O Bierzo. O recoñecemento escrito da toponimia oficial é un recurso máis do poder para someter os seus territorios ante a súa intervención.
O Tumbo do mosteiro galego de Samos amosa o topónimo Bergido nunha doazón do 982, provincia Bergido (973), Bergio (976), terra de Beriz (1175 e 1192) e Berizo (1185). Na diplomática do rei Fernando I atopamos os topónimos Berizi e Vergido (ano 1063). Mentres que conservamos da época do reinado de Fernando II Beriz (1169 e 1177), Berzido e Bercido (1182). A Crónica Tudense (do século XIII) recorda que o rei Afonso IX “pupulavit in Berizo Benevivere et Pontem Ferratum (…)”. Noutros documentos deste reinado xorden Bergidum (1197) e Berizum ((1218). O reinado de Afonso X (1252-1284) presenta de novo Berzio. O Cartulario do mosteiro berciano de Carracedo amosa os topónimos Bergido (1257 e 1273), Berezo (1262) e Berzo (1263). O outro mosteiro de Santo Andrés de Espiñareda inclúe na súa documentación Beryzo (1270), Berzo (1270), Berez (1273 e 1297), Berizo (1266 e 1272), Berezo (1276) e Bierso (1336).
Vista a variedade toponímica medieval, da lingua escrita, nos séculos seguintes consolídase á denominación castelá El Bierzo. Isto é así pola maior implantación do poder institucional da Coroa de Castela, burocracia, oficiais (corrixidores, alcaides, soldados…), señores laicos e eclesiásticos, rexidores nas vilas, etcétera. O complexo institucional foráneo (real, político, relixioso, xudicial…) impón as súas condicióis de vida social aos bercianos e ás bercianas. Así, na Idade Moderna non se podía acudir na procura da xustiza, ante un tribunal castelá, falando en galego porque nin o entendían nin se respectaba o uso deste idioma. Un berciano desas centurias do Antigo Réxime non podería utilizar outra lingua, fronte ás institucióis, que non fose o castelán, tanto a nivel oral coma escrito.
As formas toponímicas noutros idiomas territoriais, galego ou ástur-leonés, perviviron mentres non entrasen en conflito coa lingua castelá oficial. Así o recoñecemento oficial de El Bierzo acaba por impoñerse pola intervención institucional controladora da rexión estremeira. Os outros nomes, O Bierzo, O Berzo ou El Bierzu, restan nos ámbitos máis populares e rurais.
Mais os criterios filolóxico e histórico da toponimia berciana non deben ser os únicos determinantes da concreción da denominación de O Bierzo. Cremos que hay outros factores que son tamén chave na decisión definitiva. Referímonos aos sociolóxicos ou económicos que non poden deixarse de lado. Os bercianos e as bercianas temos unha conciencia colectiva bercianeira moi concreta. Esta reafirmación colectiva apóiase nos símbolos rexionais, caso da denominación territorial de O Bierzo. Non parece lóxico provocar confusióis identitarias por mor das desputas, filolóxicas ou ideolóxicas,entre O Bierzo e O Berzo, cando aínda non temos recoñecido oficialmente o máis admitido popularmente de O Bierzo.
Pola outra banda, a razón económica para manter a denominación O Bierzo tamén se debe ter en conta. O desenvolvemento endóxeno da nosa rexión periférica baséase na marca de calidade e turística que é O Bierzo. Hai unha numerosa producción agrícola (viños, froitas, carnes…) que precisan da marca de calidade O Bierzo para a súa comercialización e mercadotecnia a nivel autonómico, estatal e internacional. A denominación galega de O Bierzo suporá menos problemas publicitarios e identificativos para as nosas mercadorías que o hipotético O Berzo, porque aquel é máis semellante á forma castelá, plenamente consolidada a nivel social e económico de El Bierzo. Desviar hoxe recursos económicos, públicos e privados, para fixar o novo topónimo O Berzo sería moi cuestionado pola maioría social, e tería escasas posibilidades de éxito fronte á denomicación galega actual de O Bierzo.
O Bierzo, novembro de 2009.
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